Ayudas destinadas a financiar la escolarización del alumnado del primer ciclo de Educación Infantil en centros docentes de titularidad pública y privados autorizados por la Consejería competente en materia de educación no universitaria, para el curso escolar 2026-2027
Secretaría General de Educación: Hasta el 100 % del precio público o de las tasas en escuelas infantiles públicas; en centros privados autorizados, la cuota mensual de atención educativa, incluida la alimentación. Máximo de 200 euros mensuales por alumno durante un máximo de 12 mensualidades. Dirigida a Alumnado escolarizado en primero, segundo o tercer curso del primer ciclo de Educación Infantil en una escuela infantil o centro docente privado autorizado, con residencia familiar en Extremadura o condición de extremeño y número de identificación fiscal. Plazo de solicitud hasta 6 de octubre de 2026.
Secretaría General de Educación
Etapa educativa
Convocatorias
Convocatoria 2026-2027
AbiertaPlazo: 7/8/2026 — 6/10/2026
Cuantía: Hasta el 100 % del precio público o de las tasas en escuelas infantiles públicas; en centros privados autorizados, la cuota mensual de atención educativa, incluida la alimentación. Máximo de 200 euros mensuales por alumno durante un máximo de 12 mensualidades.
Importe: 200€ — 200€
Requisitos
Requisitos obligatorios (4)
Ámbito: Extremadura.
Etapas educativas: Infantil 0-3 años.
Alumnado escolarizado en primero, segundo o tercer curso del primer ciclo de Educación Infantil en una escuela infantil o centro docente privado autorizado, con residencia familiar en Extremadura o condición de extremeño y número de identificación fiscal.
Solicitud: Punto de acceso general electrónico https://www.juntaex.es/w/0720625 o medios previstos en el artículo 16.4.a de la Ley 39/2015.
Documentos necesarios
Documentos obligatorios (2)
- Solicitud por el canal oficial
Presentar la solicitud por el canal oficial indicado en la convocatoria: Punto de acceso general electrónico https://www.juntaex.es/w/0720625 o medios previstos en el artículo 16.4.a de la Ley 39/2015..
- Documentacion acreditativa exigida en la convocatoria
Aportar la documentacion requerida por la convocatoria oficial para acreditar requisitos y meritos.
Cómo solicitarla
Usa el botón principal para consultar la convocatoria y confirmar el canal de solicitud.
Aviso importante
No somos una administración pública. La información se basa en fuentes oficiales, pero la solicitud debe realizarse en la sede oficial correspondiente. El resultado es orientativo. La concesión de ayudas depende exclusivamente de la administración convocante.
Fuente consultada el 12 de agosto de 2026.